Prestación de Viudedad del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI): Concepto y sujetos causantes.

Pensiones (SOVI). Viudedad. ¿Qué origina el derecho a la pensión?



    En primer lugar, sería conveniente aclarar que el SOVI que es un seguro que reconoce pensiones de vejez, invalidez y viudedad de carácter imprescriptible, vitalicia y cuantía fija a las personas que cumplan los requisitos exigidos y no tengan derecho a pensión del actual sistema de la Seguridad Social, con excepción de las pensiones de viudedad de las que pueden ser beneficiarios.

    Es un régimen residual que no forma parte del Sistema de la Seguridad Social, y dentro de su acción protectora, contempla las siguientes pensiones:
  1. Vejez
  2. Invalidez
  3. Viudedad

    Las prestaciones por muerte y supervivencia del SOVI no incluyen la pensión de orfandad, la pensión en favor de familiares, ni el auxilio por defunción, de ahí que en este apartado solamente estudiemos la pensión SOVI de viudedad.

REQUISITOS



    Como ya hemos apuntado, con carácter general, hay un requisito básico fundamental para acceder a este tipo de pensión y es no tener derecho a ninguna otra pensión a cargo de los regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social o a sectores laborales pendientes de integración en el mismo.

    Además, existen requisitos específicos relacionados con el causante de la pensión. Así:

CON CAUSANTE...REQUISITOS PARA EL CAUSANTE

REQUISITOS PARA EL BENEFICIARIO

Pensionista del SOVI con fallecimiento anterior a 01.01.1967

Haber fallecido a partir de 01.01.1956.

  1. Tener cumplidos 65 años en la fecha del fallecimiento del causante o estar totalmente incapacitado para todo trabajo. No obstante, si en dicha fecha el solicitante no hubiera alcanzado la edad de 65 años, pero tuviera más de 50, conserva el derecho a que se le reconozca la pensión al cumplimiento de los 65 años.
  2. No tener derecho a una pensión de vejez o invalidez SOVI.
  3. Haber contraído matrimonio con el causante 10 años antes, como mínimo, del fallecimiento.

Pensionista del SOVI con fallecimiento posterior a 31.12.1966

Idénticos requisitos que los establecidos para tener derecho a la pensión de viudedad del Régimen General.

No pensionista del SOVI

  1. Fallecimiento a partir de 01.01.1956.
  2. Haber estado afiliado al Retiro Obrero Obligatorio o acreditar 1.800 días de cotización al SOVI antes de 01.01.1967.

Se exigen los mismos requisitos que los establecidos para el supuesto de causante pensionista fallecido con anterioridad al 01.01.1967.


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