Incapacidad Temporal (IT). Declaración de Situación de la Actividad.

INCAPACIDAD TEMPORAL (IT). DECLARACIÓN DE SITUACIÓN DE LA ACTIVIDAD.


    Además de acreditar los requisitos generales exigidos, el trabajador autónomo (a excepción de los incluidos en el Sistema Especial para trabajadores por cuenta propia agrarios y de los TRADE) deberá presentar ante el INSS o la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social con la que haya concertado la contingencia de IT, declaración en el modelo oficial sobre la persona que gestione directamente el establecimiento mercantil, industrial o de otra naturaleza del que sean titulares o, en su caso, el cese temporal o definitivo en la actividad desarrollada.

PLAZO DE PRESENTACIÓN.


Dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la baja.


    Mientras dure la situación de incapacidad temporal, el trabajador vendrá obligado a presentar dicha declaración con periodicidad semestral, a contar desde la fecha en que se inicie la situación, si fuera requerido para ello. La falta de presentación de la declaración, en el plazo máximo indicado, producirá la suspensión en el inicio del pago de la prestación, pudiendo iniciarse de oficio las actuaciones pertinentes para verificar la situación en la que queda el establecimiento del que es titular el beneficiario de la prestación.

    Por supuesto, si la prestación recibida fuese tipificada como indebida por no cumplir los requisitos exigibles a tal fin, se procederá a realizar las actuaciones precisas para el reintegro de la misma, así como a iniciarse los correspondientes expedientes sancionadores cuando corresponda.

Comentarios



Requisitos Generales exigidos para la prestación de Incapacidad Temporal en el RETA

Formularios



Modelo de declaración de situación de la actividad.

Jurisprudencia



Incapacidad Temporal

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