RETENCIÓN del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el RECIBO DE SALARIOS.
Los empresarios están obligados a retener, a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de las retribuciones dinerarias que se abonan a los trabajadores. Al mismo tiempo, están obligados a efectuar ingresos, (también a cuenta del IRPF) por las retribuciones que se satisfagan en especie. Estas cantidades retenidas tendrá que ingresarlas la empresa en el Tesoro público.Jurisprudencia y Doctrina
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