Qué puede hacer la empresa para combatir el absentismo laboral

Qué puede hacer la empresa para combatir el absentismo laboral


    Para combatir eficazmente el absentismo laboral, es necesario aplicar un conjunto de estrategias integrales que aborden tanto las causas como las consecuencias de este fenómeno. Las medidas deben comenzar en la prevención, fomentando un entorno saludable y equilibrado; en la organización, optimizando los procesos internos y la gestión del personal; en la motivación, incrementando el compromiso y la satisfacción de los trabajadores; y en el control, garantizando un seguimiento adecuado y justo de las ausencias.

    Solo la combinación coherente de estas acciones permite reducir las tasas de absentismo, mejorar la productividad y fortalecer la cultura organizacional dentro de la empresa.

Medidas motivacionales


Incentivos condicionados por productividad:



    Los incentivos por productividad son una herramienta muy útil para que empresas y sus trabajadores consigan sus mutuos objetivos. A continuación podemos esquematizar las principales razones por las que son muy positivos para el buen funcionamiento de una organización:

  • Aumentan la motivación. Cuando las personas saben que su esfuerzo adicional será recompensado, tienden a involucrarse más en su trabajo, lo que genera una actitud más positiva y proactiva.
  • Mejoran el rendimiento y la eficiencia. Los incentivos impulsan a los empleados a buscar formas de trabajar mejor y más rápido, lo que puede traducirse en mayor productividad general de la organización.
  • Recompensan el mérito. Estos sistemas reconocen directamente a quienes aportan más valor, lo que promueve la justicia y el reconocimiento individual dentro del equipo.
  • Alinean los intereses del empleado y la empresa. El trabajador busca alcanzar metas que también benefician a la empresa, creando una relación mutuamente beneficiosa.
  • Favorecen la innovación y la mejora continua. Con incentivos adecuados, los empleados pueden buscar nuevas ideas o métodos más eficientes, contribuyendo a la evolución constante de la organización.
  • Incrementan la satisfacción laboral y reducen la rotación. Sentirse valorado y recompensado genera mayor compromiso y lealtad, disminuyendo la rotación de personal y los costos asociados a reemplazar empleados.


Algunas sentencias sobre incentivos al trabajo productivo:


     La sentencia 92/2023, de 1 de febrero, incide en la necesidad de que la empresa especifique claramente los términos del pago de un incentivo, puesto que de lo contrario, la empresa será la responsable si no se han cumplido las razones que harían al trabajador beneficiario del mismo y no  podría alegarlo frente a este para evitar pagarlo.

    La sentencia 18/2024, de 13 de febrero, considera discriminatorio y, por ende, se está conforme a su impugnación, un sistema de incentivos que penaliza la percepción del bonus a trabajadores en situación de incapacidad temporal. La Sala considera que es contrario a la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, considerando dichas cláusulas nulas por ser discriminatorias por razón de enfermedad.

    En el mismo sentido se pronuncia la sentencia del Tribunal Supremo 725/2025, de 16 de julio, que establece que no procede reducir el importe de los incentivos en función del período en que la trabajadora estuvo en situación de incapacidad temporal pues ante ausencia de norma que lo habilite, correspondería a la empresa la carga de probar que estuviere justificada la deducción de los periodos de baja médica, lo que no había conseguido acreditar.

    Caso contrario es el resuelto por la Audiencia Nacional, en sentencia 78/2025, de 3 de junio, que califica como adecuada la reducción proporcional de la retribución variable en trabajadores que tienen suspendido su contrato por incapacidad temporal (IT) larga duración (90 días o más). La Sala no considera discriminatorio reducir proporcionalmente la parte de un "bonus" asociado al rendimiento y los resultados de la empresa a estos trabajadores con bajas prolongadas.


Incentivos condicionados por asistencia


    Los incentivos condicionados son recompensas económicas o no económicas que la empresa otorga a los trabajadores en función de su asistencia, puntualidad o compromiso laboral. Su finalidad principal es reducir el absentismo y reforzar comportamientos positivos, promoviendo la responsabilidad y la continuidad en el trabajo. Estos incentivos pueden adoptar diversas formas:
  • Bonificaciones salariales por asistencia plena o por no haber tenido bajas en un periodo determinado.
  • Premios en especie o reconocimiento público, como días libres adicionales, vales regalo o menciones internas.
  • Incrementos en la retribución variable o en la participación en beneficios, condicionados al cumplimiento del horario y la presencia efectiva.

    Desde el punto de vista legal, este tipo de incentivos son válidos siempre que se apliquen de manera objetiva, proporcional y no discriminatoria, conforme a lo establecido en el artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores, que prohíbe cualquier discriminación en las condiciones laborales. Además, deben estar recogidos en el convenio colectivo, en el plan de incentivos interno o en el contrato de trabajo, para garantizar transparencia y seguridad jurídica.

Exclusión de beneficios por absentismo


    La exclusión o pérdida de determinados beneficios por absentismo es la otra cara del sistema de incentivos. Consiste en retirar o limitar ciertos complementos salariales o ventajas cuando el trabajador incurre en ausencias injustificadas o excesivas. Ejemplos frecuentes son:
  • No percibir un plus de asistencia o de productividad si se superan determinados días de ausencia.
  • Pérdida de la posibilidad de recibir bonus o incentivos anuales ligados a la presencia.
  • Exclusión temporal de planes de beneficios sociales, como formación subvencionada o retribución flexible.

    En este caso, la empresa debe respetar los límites legales y el principio de proporcionalidad: las medidas no pueden suponer una sanción encubierta ni vulnerar derechos fundamentales. Por ejemplo, no puede penalizarse a un trabajador por ausencias justificadas por enfermedad, maternidad o accidente laboral, ya que eso violaría el derecho a la salud y la igualdad (artículos 14 y 43 de la Constitución Española, y artículos 4 y 17 del Estatuto de los Trabajadores). La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reiterado que estos incentivos o exclusiones son válidos solo si no discriminan ni penalizan situaciones protegidas legalmente.

    Por tanto, las medidas de exclusión de beneficios no pueden aplicarse a bajas justificadas, por más que se sospeche del la veracidad de las mismas. El cauce será iniciar una investigación tomando las medidas oportunas y con las precauciones adecuadas conforme establece el presente manual.


Algunas sentencias sobre incentivos contra el absentismo


    La STS 40/2025, de 20 de enero de 2025 aplica un artículo de su convenio colectivo que regulaba un "incentivo de mejora" ligado a la productividad, calidad y absentismo, penalizando ausencias individuales. El Tribunal Supremo declara lícito el plus salarial que premia la asistencia para combatir el absentismo, siempre que no genere discriminación por razón de sexo, enfermedad o asociación. Sí aclara que no se pueden contabilizar como ausencias a efectos del incentivo aquellas derivadas de enfermedad o permisos de conciliación, porque hacerlo sería discriminatorio.

    La STS 813/2025, de 23 de septiembre de 2025 trata, en este caso, sobre el derecho a percibir íntegramente el complemento de absentismo de quienes tienen una reducción de jornada por guarda legal. El Tribunal entiende que el complemento no debe reducirse proporcionalmente por la jornada reducida en estos casos, porque el incentivo está ligado a la asistencia y no tanto al número de horas trabajadas.


Medidas preventivas


    Las medidas preventivas buscan anticiparse al problema del absentismo laboral mediante la creación de condiciones adecuadas que reduzcan las causas que lo originan. Este enfoque se centra en promover la salud, la seguridad y el bienestar de los trabajadores, así como en favorecer un entorno laboral equilibrado y positivo.

    La prevención constituye el primer paso para minimizar las ausencias, ya que abordar los factores de riesgo como el estrés, la desmotivación o los problemas de conciliación permite mantener una plantilla comprometida y estable.

    Algunas de estas medidas pueden ser

  • Mejorar el clima laboral: fomentar un entorno respetuoso, comunicación abierta y trabajo en equipo.
  • Promover la salud y el bienestar: programas de salud laboral, pausas activas, ergonomía, revisiones médicas y apoyo psicológico.
  • Flexibilidad laboral: horarios flexibles, teletrabajo parcial o jornada intensiva para equilibrar vida personal y profesional.
  • Prevención de riesgos laborales: reducir accidentes o enfermedades laborales con buenas condiciones de seguridad e higiene.
  • Detección temprana de causas: analizar los motivos más comunes de las ausencias (estrés, sobrecarga, conflictos, problemas personales, etc.).

Medidas organizativas


    Las medidas organizativas se orientan a mejorar la estructura interna y la gestión de los recursos humanos con el fin de optimizar el funcionamiento de la empresa y reducir las ausencias. Una buena organización del trabajo, una distribución equilibrada de las tareas y una comunicación eficaz entre los diferentes niveles jerárquicos contribuyen a crear un entorno más eficiente y colaborativo. Además, establecer normas claras y procedimientos transparentes en relación con las ausencias ayuda a prevenir malentendidos y a reforzar la disciplina laboral.

  • Gestión eficiente de turnos y cargas de trabajo: evitar sobrecargas o desorganización.
  • Política clara de ausencias: establecer protocolos transparentes sobre cómo y cuándo justificar una ausencia.
  • Revisión de liderazgo: capacitar a los mandos medios en gestión de equipos y resolución de conflictos.
  • Evaluación y seguimiento periódico: uso de indicadores de absentismo y reuniones periódicas para analizar tendencias.

Formularios



Registro, advertencias, sanciones y despidos a trabajadores.

Comentarios



Cómo luchar contra el absentismo laboral.

Jurisprudencia y Doctrina



Relacionada con incentivos, o reducciones salariales y sanciones por absentismo laboral.

Legislación



Art. 52 E.T. RD-Legis 2/2015. Extinción del contrato por causas objetivas.
Art. 54 E.T. RD-Legis 2/2015. Despido disciplinario.
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
Real Decreto-ley 8/2019, medidas urgentes protección social y lucha contra precariedad laboral jornada trabajo.



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