Beneficiarios de la prestación.
Recuerde que:
NO podrá tener la condición de beneficiario de las prestaciones de muerte y supervivencia que hubiera podido corresponderle, quien fuera condenado por sentencia firme por la comisión de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas, cuando la víctima fuera el sujeto causante de la prestación (artículo 231 TRLGSS.Legislación
Art. 217 RDL 8/2015 TRLGSS. Sujetos causantes.Art. 231 RDL 8/2015 TRLGSS. Impedimento para ser beneficiario prestaciones de muerte y supervivencia.Siguiente: Acreditación de ser acreedores de la pensión compensatoria a efectos de la pensión de viudedad.
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