La ITSS controlará los contratos fijos discontinuos con fuertes sanciones por su uso fraudulento.
Dentro de la contratación indefinida, la modalidad que más ha crecido, con mucha diferencia respecto al resto, desde que la "reforma laboral" cambiara el paradigma de contratación temporal en España, ha sido la del fijo discontinuo. Tanto es así que el Ministerio de Trabajo anunció que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social -ITSS- comenzaría nuevas campañas de control encaminadas a detectar el posible fraude en el uso de este contrato. Vamos a resumir qué aspectos se controlarán y cómo puede reaccionar la empresa para evitar sanciones. El contrato fijo discontinuo después de la reforma laboral ha sufrido una gran transformación. La actual regulación del artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores -E.T.- especifica que este contrato está destinado a cubrir una necesidad de trabajo estacional o que, sin necesidad de serlo, tenga carácter intermitente o cíclico y se repita en el tiempo, en fechas ciertas, ya sean estas determinadas o indeterminadas.Sepa que:
Ya se ha recurrido a los denominados "planes de choque" para el control del empleo irregular de trabajadores temporales. Es de suponer que la vigilancia de los contratos a trabajadores fijos discontinuos nos traiga de vuelta las archiconocidas "cartas de la ITSS" en las que se le "invite" a demostrar que el contrato es conforme a la ley y que no se ha utilizado fraudulentamente un tipo de contrato, cuando las características del puesto exigen otro.¿Qué se pretende perseguir con las campañas de control?
Dentro del Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social de 2021 a 2023 el Ministerio habla de incluir la vigilancia del "buen uso" de los contratos fijos discontinuos, lo que implica verificar que no se están utilizando para cubrir necesidades fijas pero continuas para la empresa, remplazando al indefinido, que debe ser la modalidad ordinaria de nuestro mercado laboral. También se pretende controlar que no se aprovechen los periodos de inactividad para el disfrute indebido de la prestación por desempleo mientras se trabaja irregularmente. Situación que ya vivimos en su día con la vigilancia del empleo irregular mientras se estaba en situación de ERTE durante la pandemia.- El incremento de las sanciones relacionadas con el empleo irregular que pueden llegar hasta los 10.000 euros.
- La aplicación de la sanción por cada persona trabajadora implicada.
¿Qué vigila en sus campañas la Inspección de Trabajo y cómo actuar?
Particularmente se están investigando:- Contratos que por sus características no tienen claramente definidos qué periodos serán de actividad y cuáles lo serán de inactividad.
- Contratos en los que procediendo la transformación de fijos discontinuos en fijos ordinarios esta no se produce.
- Trabajadores contratados durante once meses al año, que serán considerados para la ITSS, al menos a priori, como contratos indefinidos ordinarios en el que el periodo de inactividad corresponde en realidad a las vacaciones.
No olvide:
Recibir una notificación en la que se le advierte sobre que será investigado no implica de manera automática que vaya a ser sancionado pero si debe servirle para poner atención y comprobar los contratos de su empresa para conocer mejor cómo actuar ante una carta de la ITSS.Comentarios
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Artículo 16 E.T RD-Legis 2/2015. Contrato fijo-discontinuo.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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