Impago: Requerimiento de la deuda por parte de la inspección de trabajo

REQUERIMIENTO DE DEUDA



    El artículo 35 del RD 928/1988, le otorga la facultad a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de, antes de iniciar el expediente sancionador o liquidatorio, poder requerir el pago de deudas por cuotas a la Seguridad Social o conceptos asimilados a quien considere responsable.

    El incumplimiento de dicho requerimiento dará lugar a la formulación de las correspondientes actas de liquidación e infracción. Caso de concurrir indicios racionales de delito también se daría cuenta al Ministerio Fiscal.

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Actas de liquidación
Concurrencia actas de liquidación con actas de infracción

Legislación



Artículo 35 del RD 928/1988, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Procedimientos para la Imposición de las Sanciones por Infracciones de Orden Social y para los Expedientes Liquidatorios de Cuotas de la Seguridad Social.

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