Empresario: Extinción de la Empresa

EXTINCIÓN DE LA EMPRESA O CESE EN LA ACTIVIDAD.


    Los empresarios comunicarán la extinción de la empresa y/o el cese temporal o definitivo de su actividad, en modelo oficial TA.7 y dentro de los tres días naturales siguientes a aquel en que una u otro se produzcan.

    Las comunicaciones de extinción o cese del empresario deberán ir acompañadas, en su caso, de las solicitudes de baja de los trabajadores a su servicio y darán lugar a la correspondiente toma de razón, en el Registro de Empresarios, de la extinción o del cese en la inscripción de aquel.

    Será considerado en situación de baja temporal el empresario o, en su caso, la cuenta de cotización del mismo, respecto de los cuales se hubiese comunicado la baja de todos sus trabajadores sin poner en conocimiento de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma la extinción de la empresa o el cese en la actividad. Transcurridos doce meses sin demostrar su continuidad, se iniciará expediente de oficio para que, en base a las alegaciones del empresario debidamente justificadas o de los demás hechos acreditados en el mismo, se adopte la resolución que proceda sobre la extinción o el cese o sobre la continuidad de la empresa, de la actividad o de la cuenta de cotización de la misma.

Si continuase la prestación de trabajo, las comunicaciones de la extinción de la empresa o del cese en la actividad, por sí solas, no darán lugar a la toma de razón definitiva de la extinción en la inscripción de la empresa o a la anotación del cese en el Registro de Empresarios, ni producirán la extinción de las obligaciones y responsabilidades del empresario con la Seguridad Social, aun cuando indebidamente dicha extinción o cese se hubieren llevado al Registro de Empresarios.

   

Legislación



Art. 18 R.D. 84/1996 Rgto. Inscripción empresas y afiliación
Art. 20 R.D. 84/1996 Rgto. Inscripción empresas y afiliación

Formularios



TA.7 Solicitud de alta, baja y variación de datos de cuenta de cotización

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