Disposición final primera. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, derechos y libertades de los extranjeros en España

Normativa
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, derechos y libertades de los extranjero en España y su integración social

Disposición final primera. Modificación del artículo 312 del Código Penal.



    El apartado 1 del artículo 312 del Código Penal queda redactado de la forma siguiente:

    "Artículo 312.

    1. Serán castigados con las penas de prisión de dos a cinco años y multa de seis a doce meses, los que trafiquen de manera ilegal con mano de obra."

Siguiente: Disposición final segunda.Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, derechos y libertades de los extranjeros en España

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos