Disposición adicional séptima Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Normativa
Ley 42/1997, de 14 de noviembre, ordenadora de la inspección de trabajo y seguridad social

Disposición adicional séptima. Transferencia de funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.



Redacción válida hasta 22.07.15, según Ley 23/2015.

    Si en los acuerdos a que se refiere el artículo 17 se dispusiera la transferencia de funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, ésta se realizará por los procedimientos establecidos en el respectivo Estatuto de Autonomía para el traspaso de servicios.

Legislación



Ley Inspección de Trabajo y S.S Art. 17 Ley 42/1997 Acuerdos bilaterales  Comisiones Territoriales en materia de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social  


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