Disposición adicional primera Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, Ley de Procedimiento Laboral

Normativa
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, aprueba texto refundido de la ley de procedimiento laboral

Disposición adicional primera.



Redacción válida hasta 11.12.11, según Ley 36/2011.

    1. En lo no previsto en esta Ley regirá como supletoria la de Enjuiciamiento Civil.

    2. El recurso en interés de la Ley, regulado en la de Enjuiciamiento Civil, no será de aplicación en el proceso laboral.

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