Disposición adicional cuarta. Colectivo de neskatillas y empacadoras.
A efectos de su encuadramiento en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar se reconoce, como una especialidad de la provincia de Bizkaia, la existencia del colectivo de neskatillas y empacadoras incorporado como personas trabajadoras por cuenta propia dentro del grupo tercero de cotización a que se refiere el artículo 10. Se añade, con efectos de 1 de enero de 2016, por la disposición final 4 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre. Texto añadido, publicado el 30/10/2015, en vigor a partir del 01/01/2016.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.