Coeficientes reductores: Aplicables en supuestos de convenio especial
Regulados en la Orden de Cotización por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para cada ejercicio, tenemos:CONVENIOS ESPECIALES (COEFICIENTES MULTIPLICADORES) ![]() La orden referida establece los coeficientes reductores anualmente, por lo que habremos de hacer un seguimiento de la misma, al ejercicio que corresponde y verificar que la información está completamente actualizada a fecha de visionar este documento. | |
CONTINGENCIAS | Efectos desde 01.01.2025 |
Todas las contingencias comunes excepto subsidios económicos por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, maternidad y paternidad. | 0,94 |
Jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia derivadas de contingencias comunes y servicios sociales, suscritos antes de 01.01.98 | 0,77 |
Convenios Especiales suscritos por trabajadores contratados a tiempo parcial, reducción de jornada de trabajo por cuidado de menor, persona con discapacidad o familiar, ó durante la situación de huelga legal o cierre patronal. | (1) |
- suscritos antes de 01.01.98 | 0,77 |
- suscritos después de 01.01.98 | 0,94 |
(1) Durante la situación de huelga legal o cierre patronal, es el 0,94.OBSERVACIONES: Para determinar la cotización en los casos indicados se actuará de la siguiente forma:
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