BONIFICACIÓN POR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA O LA INCORPORACIÓN COMO PERSONA SOCIA EN LA COOPERATIVA O SOCIEDAD LABORAL DE PERSONAS QUE REALIZAN FORMACIÓN PRÁCTICA EN EMPRESAS.
En el Artículo 25 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas se establece que la contratación indefinida o la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de las personas que desarrollen formación práctica en las empresas por parte de la empresa donde las realice, ya sea a la finalización o durante el desarrollo de la misma, dará derecho a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 138 euros/mes durante un período máximo de tres años, salvo que la persona trabajadora contratada sea persona con discapacidad, en cuyo caso la bonificación podrá aplicarse durante toda la vigencia del contrato.Recuerde que:
Para el caso de incorporación como persona socia en la cooperativa, la citada bonificación sólo será de aplicación cuando dicha entidad haya optado por un régimen de Seguridad Social propio de personas trabajadoras por cuenta ajena.
La bonificación resulta aplicable desde el 1 de septiembre de 2023.
La Disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 1/2023, establece que las bonificaciones en la cotización iniciadas con anterioridad a 1 de septiembre de 2023, les será de aplicación la normativa vigente en el momento de su celebración.
Legislación
Artículo 25 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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