Asistencia médica en desplazamientos temporales en España y fuera del territorio español

ASISTENCIA MÉDICA EN DESPLAZAMIENTOS TEMPORALES


ASISTENCIA MÉDICA EN DESPLAZAMIENTOS TEMPORALES EN ESPAÑA


    Habitualmente se prestará la asistencia médica en la localidad de residencia del trabajador, en régimen de ambulatorio, hospitalización o a domicilio.

    En caso de desplazamientos temporales fuera de la residencia habitual y dentro del territorio nacional, se podrá recibir la asistencia sanitaria sin más requisito que la acreditación de su condición de titular o familiar beneficiario de la Seguridad Social. Para ello será necesario la  presentación de la tarjeta identificativa de usuario del sistema público sanitario o fotocopia de la misma, acompañada del D.N.I. u otro documento que acredite fehacientemente la personalidad.

ASISTENCIA MÉDICA EN DESPLAZAMIENTOS TEMPORALES FUERA DE ESPAÑA


    En caso de desplazamientos temporales fuera del territorio nacional se debe solicitar, ante la Dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, la expedición de la Tarjeta Sanitaria Europea, que le acredita como beneficiario de la asistencia sanitaria en los países de la Unión Europea (excepción hecha del Reino Unido donde basta la presentación del Documento Nacional de Identidad) y en otra serie de países con los que existen convenios bilaterales al respecto.

Comentarios



Titulares del derecho a la prestación
Beneficiarios

Jurisprudencia



Prestación de Asistencia Sanitaria


ANEXOS

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