Artículo 354. Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, texto refundido Ley General de la Seguridad Social.

Normativa
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, texto refundido Ley General de la Seguridad Social.

Artículo 354. Determinación del grado de discapacidad y de la necesidad del concurso de otra persona.



Modificado por Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.

    El grado de discapacidad, a efectos del reconocimiento de las asignaciones por hijo o menor a cargo, así como la situación de dependencia y la necesidad del concurso de otra persona a que se refiere el apartado 2 del artículo anterior se determinarán mediante la aplicación del baremo aprobado por el Gobierno mediante real decreto.

NOTA: Redacción dada por por Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre.

Equivalencia Normativa



Art. 182 ter R.D.L. 1/1994 Ley General de la Seguridad Social.

Redacción Anterior



Redacción anterior al Real Decreto-ley 30/2020 de 29 de septiembre.
Redacción anterior al Real Decreto-ley 20/2020 de 29 de mayo.

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