Artículo 2 Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero.

Normativa
Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

Artículo 2. Objetivos.



    1. En el marco de las políticas activas de empleo, la regulación prevista en este real decreto-ley tiene como objetivos generales promocionar la contratación de las personas desempleadas, especialmente de las más vulnerables, contribuir al mantenimiento y la mejora de la calidad del empleo y a la promoción profesional de las personas ocupadas, así como fomentar la creación de empleo en el ámbito de la economía social.

    2. Son objetivos específicos:

    a) El impulso prioritario de la contratación indefinida y el mantenimiento del empleo estable y de calidad de las personas y colectivos considerados vulnerables o de baja empleabilidad, definidos en los términos previstos en la sección 2.ª de este capítulo.

    b) Excepcionalmente tales medidas podrán tener por objeto la contratación temporal y siempre limitada a incentivar el tránsito de las situaciones formativas en prácticas o mediante contrato laboral, en contratos indefinidos, así como la contratación temporal directamente vinculada a la conciliación de la vida familiar y laboral.

    c) La garantía del principio de igualdad y no discriminación en la regulación y aplicación de las medidas de fomento del empleo y la contratación.

    d) El impulso de la mejora de la calidad del empleo del conjunto de las personas trabajadoras.

    e) El fomento de la contratación de personas con discapacidad, priorizando aquellas con mayores dificultades y, en general, el tránsito al empleo ordinario.

    f) El impulso de la creación neta de empleo y su mantenimiento.

    g) El fomento del trabajo autónomo y de la economía social como instrumento eficaz de generación de trabajo estable y de calidad.

    h) El reconocimiento e impulso de la participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, y niveles territoriales, en el desarrollo de instrumentos o medidas que favorezcan el cumplimiento de los objetivos de esta norma.

    i) El reconocimiento de la dimensión sectorial y territorial de las ayudas al empleo.


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