Artículo 8. Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, Organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial

Normativa
Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, organización y funcionamiento del fondo de garantía salarial

Artículo 8. Funciones de la Secretaría General.



    Son funciones de la Secretaría General:

    a) Ejecutar los acuerdos del Consejo Rector.

    b) Ejercer y desarrollar las funciones directivas, administrativas, de gestión y cualesquiera otras no reservadas al Consejo Rector.

    c) Elaborar y elevar al Consejo Rector, para su aprobación, el anteproyecto de presupuestos, de su liquidación anual y la memoria anual de actividades.

    d) Autorizar los gastos y ordenar los pagos.

    e) Resolver, en primera instancia, los expedientes administrativos de solicitud de prestaciones y cualquier otro tipo de peticiones que puedan afectar a los fines o intereses del Fondo de Garantía Salarial.

    f) Ejercitar los derechos y acciones judiciales y extrajudiciales conducentes a una eficaz subrogación de los créditos laborales satisfechos y a su seguimiento.

    g) Informar periódicamente de su gestión al Consejo Rector.

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