Artículo 62.
Redacción válida hasta 11.12.11, según Ley 36/2011. El Secretario deberá expedir oficios, exhortos, mandamientos y cualesquiera otros actos de comunicación que se acuerden interesando la práctica de actuaciones. Se modifica por el art. 10.44 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre.
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