ANEXO Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo

Normativa
Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.

ANEXO




Listado de trabajadores previo a la solicitud de medidas extraordinarias en materia de cotización y prestaciones por desempleo


    Datos del trabajador:

    Código Cuenta Cotización.

    Número de Seguridad Social del trabajador.

    Autoridad laboral competente.

    Número de expediente.

    Tipo de ERTE.

    Fecha desde.

    Nombre y apellidos del trabajador.

    DNI del trabajador.

    Fecha de alta en la empresa.

    Porcentaje en caso de reducción de jornada.

    Datos de la empresa:

    - Nombre de la empresa.

    - CIF de la empresa.

    - Código Cuenta Cotización Principal.

    - Correo electrónico de la empresa.

    - Nombre del representante de la empresa.

    - DNI del representante de la empresa.

Instrucciones del listado de trabajadores previo a la solicitud de las medidas extraordinarias en materia de cotización y prestaciones por desempleo


    El listado de trabajadores previo a la solicitud de las medidas extraordinarias en materia de cotización y prestaciones por desempleo, debe remitirse en formato EXCEL y siguiendo las siguientes instrucciones:

    El Fichero Excel consta de dos pestañas que obligatoriamente deben ir debidamente cumplimentadas.

    Pestaña 1. Datos de los trabajadores.

    Deben rellenarse todos los campos de la hoja Excel para cada trabajador aún aquellos que son comunes para todos los trabajadores como el número de cuenta o la autoridad laboral competente, o la fecha desde.

    La cumplimentación de todos los campos es obligatoria, salvo el campo porcentaje en caso de reducción que no se rellenará para los trabajadores que se encuentren en suspensión de empleo.

    Además los campos siguientes tienen que tener exactamente la siguiente estructura:

    CAMPO NÚMERO DE CUENTA: 15 dígitos con la siguiente distribución RÉGIMEN (N4), PROVINCIA (N2) Y NÚMERO (N9).

    CAMPO NÚMERO DE SEGURIDAD SOCIAL 12 dígitos PROVINCIA (N2) Y NÚMERO (N10).

    CAMPO AUTORIDAD LABORAL COMPETENTE 2 dígitos según la tabla que se adjunta.

    CAMPO NÚMERO DE EXPEDIENTE 20 caracteres. Campo alfanumérico, dada la diferente codificación de cada autoridad laboral se cumplimentará el código tal como figure en la resolución de la autoridad laboral.

    CAMPO TIPO DE ERTE: 3 dígitos, según la tabla que se adjunta. Se consignará el código de la Declaración Responsable que se deba comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social para la aplicación de exenciones en la cotización correspondientes al mes de septiembre de 2021 -es decir, el código de la Declaración Responsable a presentar antes de que se solicite la liquidación de cuotas durante el mes de octubre de 2021-.

    FECHA DESDE 8 dígitos con el formato AAAAMMDD.

    Pestaña 2. Datos de la empresa.

    Los campos de la segunda pestaña solo deben rellenar una vez y son todos obligatorios.

Tabla con los códigos de las autoridades laborales


CódigoAutoridad
01Álava.
02Albacete.
03Alicante/Alacant.
04Almería.
05Ávila.
06Badajoz.
07Balears (Illes).
08Barcelona.
09Burgos.
10Cáceres.
11Cádiz.
12Castellón/Castelló.
13Ciudad Real.
14Córdoba.
15Coruña (A).
16Cuenca.
17Girona.
18Granada.
19Guadalajara.
20Guipúzcoa.
21Huelva.
22Huesca.
23Jaén.
24León.
25Lleida.
26Rioja (La).
27Lugo.
28Madrid.
29Málaga.
30Murcia.
31Navarra.
32Ourense.
33Asturias.
34Palencia.
35Palmas (Las).
36Pontevedra.
37Salamanca.
38Santa Cruz de Tenerife.
39Cantabria.
40Segovia.
41Sevilla.
42Soria.
43Tarragona.
44Teruel.
45Toledo.
46Valencia/València.
47Valladolid.
48Vizcaya.
49Zamora.
50Zaragoza.
51Ceuta.
52Melilla.
71Andalucía.
72Aragón.
75Canarias.
77Castilla-La Mancha.
78Castilla y León.
79Cataluña.
80Comunitat Valenciana.
81Extremadura.
82Galicia.
86País Vasco.
99Estatal.


Tabla con los códigos de los tipos de ERTE


CódigoAutoridad
ERTE por IMPEDIMENTOS A LA ACTIVIDAD:
062ERTE por IMPEDIMENTOS. DA 1 del RDL 24/2020.
067ERTE por IMPEDIMENTOS. Art. 2.1 del RDL 30/2020.
074ERTE por IMPEDIMENTOS. Art. 2 del RDL 2/2021.
078ERTE por IMPEDIMENTOS. Art. 2 del RDL 11/2021.
083ERTE por IMPEDIMENTOS. Autorizados a partir 1-10-2021.
ERTE por LIMITACIONES EN LA ACTIVIDAD:
068ERTE por LIMITACIONES. Art. 2.2 del RDL 30/2020.
075ERTE por LIMITACIONES. Art. 2 del RDL 2/2021.
079ERTE por LIMITACIONES. Art. 2 del RDL 11/2021.
084ERTE por LIMITACIONES. Autorizados a partir 1-10-2021.
ERTE por FUERZA MAYOR:
069ERTE por FUERZA MAYOR. Art. 22 del RDL 8/2020. Empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura y una reducida tasa de recuperación de actividad, cuya actividad se clasifique en alguno de los códigos CNAE-09 previstos en el Anexo del 11/2021.
070ERTE por FUERZA MAYOR. Art. 22 del RDL 8/2020. Empresas con declaración de CADENA DE VALOR o DEPENDIENTES, según el procedimiento al que se refiere la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 30/2020, de las empresas con ERTE por FUERZA MAYOR 069.
ERTE por causas ETOP -económicas, técnicas, organizativas o de producción- de empresas con CNAE-09 de los incluidos en el Anexo del Real Decreto-ley 11/2021:
ERTE ETOP. Real Decreto-ley 24/2020:
072ERTE ETOP. Empresas que disponían de este tipo de ERTE desde la vigencia del Real Decreto-ley 24/2020.
ERTE ETOP. Empresas por CNAE-09:
071ERTE ETOP. Empresas que hayan transitado, entre 1-10-2020 y 31-1-2021, desde un ERTE por FUERZA MAYOR a un ETOP.
076ERTE ETOP. Empresas que hayan transitado entre 1-2-2021 y 31-5-2021, desde un ERTE por FUERZA MAYOR a un ETOP.
080ERTE ETOP. Empresas que hayan transitado entre 1-6-2021 y 30-9-2021, desde un ERTE por FUERZA MAYOR a un ETOP.
085ERTE ETOP. Empresas que transiten entre 1-10-2021 y 31-1-2022, desde un ERTE por FUERZA MAYOR a un ETOP.
ERTE ETOP. Empresas con declaración de CADENA DE VALOR o DEPENDIENTES, según el procedimiento al que se refiere la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 30/2020, de las empresas con ERTE por FUERZA MAYOR 069:
073ERTE ETOP. Empresas que hayan transitado, entre 1-10-2020 y 31-1-2021, desde un ERTE FUERZA MAYOR a un ETOP.
077ERTE ETOP. Empresas que hayan transitado, entre 1-2-2021 y 31-5-2021, desde un ERTE FUERZA MAYOR a un ETOP.
081ERTE ETOP. Empresas que hayan transitado, entre 1-6-2021 y 30-9-2021, desde un ERTE FUERZA MAYOR a un ETOP.
086ERTE ETOP. Empresas que transiten entre 1-10-2021 y 31-1-2022, desde un ERTE FUERZA MAYOR a un ETOP.



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