¿Cómo, dónde y cuándo presentar el Aplazamiento o Moratoria a la Seguridad Social?

PLAZOS DE SOLICITUD | LUGAR DE PRESENTACIÓN | DETALLES A DESTACAR | ||
APLAZAMIENTO | EMPRESAS |
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AUTÓNOMOS |
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MORATORIA | EMPRESAS |
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AUTÓNOMOS |
| No presentar un formulario de solicitud, será a través del servicio "Solicitud Moratoria COVID-19 o de base reducida por pluriactividad RETA", habilitado en Sistema RED. | ||
El plazo para solicitar moratoria o aplazamiento de cuotas será del 1 al 10 del mes de abono de dicha cuota (tanto empresas como autónomos). |
APLAZAMIENTOS.-
Puede consultar en mayor detalle este procedimiento en nuestro apartado Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social, si bien los pasos a seguir tal vez ya sean conocidos por nuestros lectores, pues hasta el pasado viernes 10 de Abril ya pudimos utilizar esta posibilidad para aplazar a un tipo del 0,5% de interés: - En el caso de las empresas para solicitar el aplazamiento de las cuotas correspondientes al período de liquidación de marzo. - En el caso de autónomos y trabajadores cuenta propia para solicitar el aplazamiento de las cuotas correspondientes al periodo de liquidación de abril.Recuerde que:
Podrá presentar una solicitud por cada período de liquidación respecto del que se pretenda acceder a la moratoria o una solicitud que comprenda varios períodos de liquidación consecutivos.MORATORIA.-
Como ya está apuntado en el cuadro informativo solo podrán comenzar a realizarse a partir del próximo 1 de mayo, y conforme a la Orden ISM/371/2020, de 24 de abril, por la que se desarrolla el artículo 34 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, que regula los requisitos de acceso a esta posibilidad de diferimiento en el pago de las cuotas sociales, la Seguridad Social ya ha dado instrucciones (en sus Boletínes de Noticias) al respecto de la operatoria que habremos de utilizar. Para ello en el sistema RED, se habilita una funcionalidad denominada "Anotación Causa Peculiaridades de Cotización en CCC", para la identificación de los CCC y periodos de liquidación respecto de los que se desea solicitar la moratoria, debiendo seleccionar la opción "Anotación Moratoria Covid 19" y cumplimentar los siguientes campos solicitados (CCC y tarea: Alta, modificación o eliminación). A partir de aquí se aplicarán automáticamente por el sistema en los registros de relaciones laborales de alta en CCC respecto de los que se haya solicitado la moratoria, que serán las siguientes:Legislación
Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.Orden ISM/371/2020, de 24 de abril, por la que se desarrolla el artículo 34 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.Resolución de 6 de abril de 2020, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifican cuantías en materia de aplazamientos en el pago de deudas con la Seguridad Social, fijadas en la Resolución de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de gestión recaudatoria de la Seguridad Social; y en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.Comentarios
Medidas de apoyo a los autónomos del Real Decreto-Ley 11/2020Moratoria en el Pago de Deuda con la Seguridad Social por COVID 19Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad SocialEn Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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