Reducción del importe de la sanción impuesta
El Artículo 14 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social señala que en los supuestos de infracciones para las cuales se proponga una sanción que tenga carácter exclusivamente pecuniario, si el sujeto responsable procediese al pago de la sanción propuesta en el acta con carácter previo a la resolución, en el plazo establecido al efecto, y renunciase al ejercicio de cualquier acción, alegación o recurso en vía administrativa, dicho pago llevará implícito el reconocimiento de responsabilidad y el importe de la sanción se reducirá en un 40 por ciento. Esta reducción estará condicionada a la realización del pago por parte del sujeto responsable con carácter previo a la resolución, en el plazo previsto a tal efecto. Cuando, conforme a lo previsto por el artículo 16, se acumulasen en una misma acta diversas infracciones, la reducción prevista en los párrafos anteriores se aplicará sobre el importe total de la propuesta de sanción. En aquellos supuestos en los que la sanción propuesta tenga carácter exclusivamente pecuniario y no se proponga sanción accesoria, se advertirá al sujeto responsable de que, en el plazo de quince días, podrá presentar ante el órgano instructor escrito manifestando su voluntad de pago de la sanción propuesta en el acta con carácter previo a la resolución que ponga fin al procedimiento y su renuncia al ejercicio de cualquier acción, alegación o recurso en vía administrativa.Para ello puede hacer uso de este modelo de escrito reconociendo la responsabilidad de una infracción de la Inspección de Trabajo y solicitando la aplicación de reducción.
En este caso, señala el Artículo 34 del Real Decreto 928/1998 que si el inspeccionado da su conformidad a la liquidación practicada, ingresando su importe hasta el último día del mes siguiente al de su notificación, las sanciones por infracción por los mismos hechos se reducirán automáticamente al 50 por 100 de su cuantía.Comentarios
Particularidades de las notificaciones y comunicaciones electrónicas de la Inspección de Trabajo y Seguridad SocialLegislación
Artículo 14 Real Decreto 928/1998 RISIOS. Contenido de las actas de infracción.Artículo 34 Real Decreto 928/1998 RISIOS. Actas de liquidación concurrentes con actas de infracción por los mismos hechos.Formularios
Escrito reconociendo la responsabilidad de una infracción de la Inspección de Trabajo y solicitando la aplicación de reducciónQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

