CAJAS RURALES Y COOPERATIVAS DE CRÉDITO
De acuerdo con el artículo 29 de la LIS, tributarán al tipo general las sociedades cooperativas de crédito y cajas rurales, excepto por lo que se refiere a los resultados extracooperativos, que tributarán al tipo del 30%.Legislación
Artículo 29 Ley 27/2014 de la LIS. Tipo de gravamen.Siguiente: Deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades de dietas y gastos de locomoción.
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