Obligaciones formales de los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin establecimiento permanente.

OBLIGACIONES FORMALES DE LOS CONTRIBUYENTES DEL IRNR
SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE


    Los no residentes que realicen prestaciones de servicios, asistencia técnica, obras de instalación o montaje derivados de contratos de ingeniería y, en general, cualquier actividad o explotación económica llevada a cabo en territorio español sin mediación de establecimiento permanente estarán obligados a llevar un libro registro de ingresos y un libro registro de gastos.

    Igualmente estarán obligados a conservar, de forma numerada por fechas, las facturas emitidas y recibidas, así como cualquier otro justificante documental.  

    Por otro lado, al mismo tiempo están obligados a practicar las retenciones y efectuar los ingresos a cuenta conforme establece la normativa del impuesto, así como de presentar las correspondientes declaraciones.

    En este sentido, si bien se establece que este tipo de contribuyentes habrán de presentar declaración por este impuesto, de igual forma se prevé eximir de tal obligación cuando las rentas percibidas hayan sido objeto de retención o ingreso a cuenta.

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Devengo y plazos de presentación del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
Declaración del Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin establecimiento permanente.
Obligaciones formales de los retenedores del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Legislación



Art. 29 RD-LEGIS 5/2004 LIRNR. Obligaciones formales.
Art. 6 RD 1776/2004 RIRNR. Obligaciones formales.

Siguiente: Gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes.

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