Modelo 187. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de rentas procedentes de acciones y participaciones en Instituciones Inversión Colectiva

Formularios

MODELO 187. RESUMEN ANUAL DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DE RENTAS PROCEDENTES DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES EN I.I.C.


¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR EL MODELO 187?

    Estarán obligados a presentar el modelo 187 aquellas personas o entidades que satisfagan rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta como consecuencia de operaciones de transmisión o reembolso de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de instituciones de inversión colectiva (I.I.C.).

    Asimismo, se encuentran también obligadas a presentar este modelo las personas o entidades a que se refiere el artículo 42 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, en relación con las operaciones que tengan por objeto acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva. En esta descripción encontaríamos:

  1. Los fedatarios públicos, las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, las entidades comercializadoras de participaciones en fondos de inversión, las entidades y establecimientos financieros de crédito, las sociedades y agencias de valores, y los demás intermediarios financieros.

  2. Las entidades emisoras de títulos o valores nominativos no cotizados en un mercado organizado.

  3. La Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores.

¿QUÉ SE DECLARA EN EL MODELO 187?

    En el modelo 187 será objeto de declaración:
  1. Las operaciones de adquisición y enajenación de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de instituciones de inversión colectiva.

  2. Las ganancias o pérdidas patrimoniales y los resultados derivados de la trasmisión o reembolso de dichos valores.

  3. Las retenciones e ingresos a cuenta que se hayan practicado sobre las mismas.

FORMA Y CONDICIONES GENERALES DE PRESENTACIÓN.

    La presentación del modelo 187 se efectuará de forma telemática a través de Internet mediante el sistema de identificación y autentificación basado en certificado electrónico reconocido por la AEAT. En el caso de personas físicas también se podrá utilizar el sistema Cl@ve-PIN para realizar la presentación telemática.

    Si la declaración a presentar contiene más de 10.000.000 de registros también podrá presentarse en soporte directamente legible por ordenador (DVD-R o DVD+R de una cara y capa simple con una capacidad máxima de 4,7 GB).
PLAZOS DE PRESENTACIÓN

    El modelo 187 debe presentarse entre el 1 y 31 de enero del año siguiente al que haga referencia.
MODELO DE DECLARACIÓN (187)

    Puede ver un borrador (no válido para su presentación) del MODELO_187 para de esta forma saber qué apartados son los que en su caso debería cumplimentar a los efectos del hecho que pretenda comunicar.

    Por otra parte, si lo que desea es cumplimentar el modelo oficial para su presentación, deberá acceder al fichero que hay en el enlace siguiente:
    
Modelo 187. Declaración Informativa. Acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.


Comentarios



Infracciones y sanciones por no presentar en plazo declaraciones obligatorias de suministro de información.

Legislación



- Orden HAP/1608/2014, aprueba el modelo 187.
- ORDEN HAP/2194/2013, regula los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria.


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