EJEMPLO CUMPLIMENTACIÓN MODELO 200: GASTOS FINANCIEROS.REMANENTE DISPONIBLE DE AÑOS ANTERIORES.
Ejemplo
La entidad Supercontable.com presenta los siguientes datos:
- Importe de la cifra de negocio: 5.900.000 Eur.
- Gasto de personal: 100.000 Eur.
- Gasto en Seguridad Social: 42.000 Eur.
- Otros gastos de explotación: 98.000 Eur.
- Resultado del ejercicio: (5.900.000 - (100.000 + 42.000 + 98.000) = 5.660.000 Euros
- Límite 30% del Beneficio Operativo: 5.660.000 x 0.3 = 1.698.000 Euros
- Ingresos Financieros derivados de la cesión de capitales a terceros: 258.000 Eur.
- Gastos Financieros deducibles: 2.690.200 Eur.
- Resultado Financiero: 258.000 - 2.690.200 = - 2.432.200 Eur.
Solución
- Resultado de Explotación (casilla 1250 - Mod. 200 IS): 5.660.000 Euros. No existen otras variables adicionales para determinar el beneficio operativo.
- Límite Beneficio Operativo (BO): Se corresponde con el 30% del Beneficio Operativo, por tanto será de 1.698.000 Euros (5.660.000 x 0.3).
- Ingreso Financiero derivado de la cesión de capitales a terceros: 258.000 Euros.
- Gastos Financieros netos: 2.432.200 Euros
- Gasto Financiero neto deducible: 1.698.000 Euros + 177.500* = 1.875.500 Euros
- Gastos pendientes de aplicar en ejercicios futuros: 2.432.200 - 1.875.500 = 556.700 ya que la suma del límite aplicable más el remanente de ejercicios anteriores es inferior a los gastos que ha tenido la empresa en este ejercicio.
Comentarios
- Limitación en la deducibilidad de gastos financieros diferentes de compra de acción o participación.- Modelo 200. Deducibilidad de los gastos financieros por compra de acciones o participaciones.Legislación
- Art. 16 Ley 27/2014.LIS. Limitación en la deducibilidad de gastos financieros.¿Tienes una duda? SuperContable te sacará de este apuro.
Accede al resto del contenido aquí
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.