200 CASILLA 1243. MODELO 200. GASTOS FINANCIEROS DEL PERÍODO IMPOSITIVO NO AFECTADOS POR EL ARTÍCULO 16.5 Y 83 LIS.
En esta clave se deberán consignar los importes de los gastos financieros que se hayan visto afectados por el límite estipulado en el apartado 5 del artículo 16 y el artículo 83 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y que NO podrán ser deducibles en el período impositivo objeto de declaración. Tal y como se expresa en dichos artículos, los gastos financieros derivados de deudas destinadas a la adquisición de participaciones en el capital o fondos propios de cualquier tipo de entidades se deducirán con el límite del 30 por ciento del Beneficio Operativo de la entidad que realiza la adquisición, sin incluir el beneficio operativo de la entidad que se fusione con esta en los 4 años siguientes a la adquisición.Ejemplo
Solución
Dado que los gastos financieros de operaciones de compra de capital (1.300.000 euros) proceden de una deuda cuyo importe inicial fue mayor del 70% del precio de adquisición, entra en juego la limitación del art. 16.5 de la LIS, por lo que para este tipo de gastos se aplicará como límite el 30% del BO del ejercicio:- Límite para los gastos de compra de participaciones de capital (no aplicable mínimo de 1 MM.): 720.000 euros = 2.400.000 * 30%
- Al existir otros gastos financieros distintos a los anteriores, entra el juego el mínimo del millón de euros comtemplado en el art. 16.1, por lo que de dichos gastos (500.000 euros) podrá deducise la cantidad de : 280.000 euros = 1.000.000 (mínimo) - 720.000 (límite anterior gastos compra capital)
![]() | Gastos deducibles = 720.000 (gastos capital) + 280.000 (resto gastos) = 1.000.000 euros |
Quedando así pendientes para ejercicios futuros las siguientes cantidades:
- 580.000 euros = 1.300.000 - 720.000 de gastos de adquisición de capital
- 220.000 euros = 500.000 - 280.000 del resto de gastos.

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200Instrucciones
Legislación
Art. 16 Ley 27/2014 LIS. Limitación en la deducibilidad de gastos financieros.Art. 83 Ley 27/2014 LIS. Limitación en la deducción de gastos financieros destinados a la adquisición de participaciones en el capital o en los fondos propios de entidades.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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