Autoliquidación del Impuesto de Sociedades

AUTOLIQUIDACIÓN


    Actualmente, para todas las sociedades mercantiles, la presentación de la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200 de la AEAT) ha de realizarse a través de internet.

    Se anima a visitar el apartado correspondiente a como cumplimentar el modelo 200 de declaración del Impuesto sobre Sociedades.

Comentarios



Cómo solucionar un error en el Modelo 200
Plazo para presentar modelo 200 de una sociedad extinguida
Plazo especial de presentación por la situación de COVID-19.
Infracciones y sanciones por:
   . no presentar en plazo declaraciones sin perjuicio económico.
   . presentar declaraciones fuera de plazo sin requerimiento previo de Admon.
   . dejar de ingresar deuda tributaria que resultaría de una autoliquidación
   . solicitar indebidamente devoluciones.
   . obtener indebidamente devoluciones.
   . presentar autoliquidaciones por medios distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos

Legislación



Artículo 125 Ley 27/2014 de la LIS. Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria.

Jurisprudencia



Sentencia del Tribunal Supremo STS 173/2023. Cálculo días para presentación declaración del IS
Consulta Vinculante V1836-19 DGT. Necesidad de declaración complementaria de autoliquidación del IS.


Siguiente: Competencias de órganos de gestión tributaria

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos