Artículo 19 Real Decreto 1776/2004, de 30 de Julio, Reglamento del Impuesto sobre la Renta de No Residentes

Normativa
Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio, Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Artículo 19. Devolución ante la invocación de un convenio de doble imposición más favorable.




    Cuando, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley del Impuesto, se invoque un convenio de doble imposición, se aplicará lo dispuesto en el artículo 16 de este Reglamento.

Legislación



Art.38 RD-LEGIS 5/2004 Entidades con presencia en territorio español.
Art.16 RD 1776/2004 Devoluciones.


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