Amortización del inmovilizado. Centrales nucleares.

AMORTIZACIÓN:
CENTRALES NUCLEARES.



Es una instalación industrial construida para generar electricidad a partir de la energía nuclear, utilizando el calor para la obtención de la energía eléctrica. Se considerarán afectos a este grupo, a efectos de amortización, el reactor nuclear, la torre de refrigeración y el edificio de contención.


    Tiene un coeficiente lineal máximo del 3%, y se podrá amortizar durante un período máximo de 60 años. Por tanto podremos aplicar el porcentaje de amortización que más nos convenga, dentro de los siguientes límites:
  1. Multiplicar la Base Amortizable por el Coeficiente máximo permitido (3%):

    Cuota anual = Base Amortizable x Coeficiente Máx



  2. Dividir la Base Amortizable entre el Período máximo de años permitidos (60 años):

    Cuota anual = Base amortizableAños de vida útil



Ejemplo

La empresa SuperContable, la cual es poseedora de una central nuclear, adquirió en 20X1 una nueva torre de refrigeración por un valor de 225.000 Euros, la cual comenzó a amortizar desde el momento de la compra.

Según las tablas dispone de un coeficiente lineal máximo del 3% (33 años y 4 meses), por lo que se dispone a amortizarlo linealmente por lo marcado en dichas tablas.

Solución 1

La empresa ha ido realizando la amortización aplicando el máximo coeficiente lineal de 60 años desde el momento en el que adquirió dicho inmovilizado.

Cuotas anuales de amortización: 225.000 x 3% = 6.750 Euros
AÑOVALOR
AMORTIZABLE
COEFICIENTE
AMORTIZACIÓN
CUOTA
ANUAL
AMORTIZACIÓN
ACUMULADA
PENDIENTE
AMORTIZAR
20X1225.0003%6.7506.750218.250
20X2218.2503%6.75013.500211.500
20X3211.5003%6.75020.250204.750
20X4204.7503%6.75027.000198.000
20X5198.0003%6.75033.750191.250
20X6191.2503%6.75040.500184.500
20X7184.5003%6.75047.250177.750
20X8177.7503%6.75054.000171.000

Solución 2

La empresa ha ido realizando la amortización aplicando el período máximo de amortización de 60 años, desde el momento en el que adquirió dicho inmovilizado.

Período Máximo de Amortización   = 225.000 Euros60 = 3.750 euros
AÑOVALOR
AMORTIZABLE
AÑOS
AMORTIZACIÓN
CUOTA
ANUAL
AMORTIZACIÓN
ACUMULADA
PENDIENTE
AMORTIZAR
20X1225.000603.7503.750221.250
20X2221.250593.7507.500217.500
20X3217.500583.75011.250213.750
20X4213.750573.75015.000210.000
20X5210.000563.75018.750206.250
20X6206.250553.75022.500202.500
20X7202.500543.75026.250198.750
20X8198.750533.75030.000195.000


Legislación



Art. 12 Ley 27/2014 LIS. Correcciones de valor. Amortizaciones.


Siguiente: Amortización del inmovilizado. Centrales de carbón.

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