Amortización de inmovilizado. Sistemas y programas informáticos

AMORTIZACIÓN:
SISTEMAS Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS.



Son los importes satisfechos por la propiedad o por el derecho al uso de programas informáticos tanto adquiridos a terceros como elaborados por la propia empresa. También se incluyen los gastos de desarrollo de las páginas web, siempre que su utilización esté prevista durante varios ejercicios. A efectos de amortización, se incluyen aquí los software, sistemas operativos, apps, aplicaciones informáticas, licencias de uso digital y dominios web.


    Tiene un coeficiente lineal máximo del 33%, y se podrá amortizar durante un período máximo de 6 años. Por tanto podremos aplicar el porcentaje de amortización que más nos convenga, dentro de los siguientes límites:
  1. Multiplicar la Base Amortizable por el Coeficiente máximo permitido (33%):


    Cuota anual = Base Amortizable x Coeficiente Máx

  2. Dividir la Base Amortizable entre el Período máximo de años permitidos (6 años):


    Cuota anual = Base amortizableAños de vida útil


Ejemplo

    La empresa SuperContable, fabricó en 20X1 un software para su uso en la actividad normal de la empresa y cuya valoración alcanza los 28.000 Euros, amortizándolo desde el momento en el que se puso a disposición de la actividad.

    Según las tablas dispone de un coeficiente lineal máximo del 33% (3 años y 1 mes), por lo que se dispone a amortizarlo linealmente por lo marcado en dichas tablas.

Solución 1

    La empresa ha ido realizando la amortización aplicando el máximo coeficiente lineal desde el momento en el que adquirió dicho inmovilizado.

Cuotas anuales de amortización: 28.000 x 33% = 9.240 Euros
EjercicioValor AmortizableCuota anualAmortización AcumuladaPendiente
20X128.0009.2409.24018.760
20X218.7609.24018.4809.520
20X39.5209.24027.720280
20X42809.24028.0000

Solución 2

    La empresa ha ido realizando la amortización aplicando el período máximo de amortización de 6 años, desde el momento en el que adquirió dicho inmovilizado.

Cuota mínima de Amortización   = 28.000 Euros6 = 4.666,67 euros

EjercicioValor AmortizableAños PendientesCuota anualAmortización AcumuladaPendiente
20X128.000,0064.666,674.666,6723.333,33
20X223.333,3354.666,679.333,3318.666,67
20X318.666,6744.666,6714.000,0014.000,00
20X414.000,0034.666,6718.666,679.333,33
20X59.333,3324.666,6723.333,334.666,67
20X64.666,6714.666,6728.000,000,00



Legislación



Art. 12 Ley 27/2014 LIS. Correcciones de valor. Amortizaciones.

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