Retenciones en el IRPF.Derechos de imagen y otras rentas.

RETENCIONES. DERECHOS DE IMAGEN Y OTRAS RENTAS.


    El importe del ingreso a cuenta de las rentas en especie obtenidas de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, y subarrendamiento de todas estas operaciones será el resultado de aplicar el poncertaje del 19 por 100 a los ingresos íntegros satisfechos.

    Dicho lo anterior, de acuerdo con redacción dada por RD 1008/2023, al artículo 101.2 del RIRPF, el porcentaje de retención sobre los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, cualquiera que sea su calificación será del 15%. No obstante, será de aplicación el 7%:
  1. Cuando el volumen de tales rendimientos íntegros correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea inferior a 15.000 euros y represente más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.

  2. Cuando se trate de los rendimientos de actividades profesionales establecidos reglamentariamente.

  3. Cuando se trate de anticipos a cuenta derivados de la cesión de la explotación de derechos de autor que se vayan a devengar a lo largo de varios años.

    Sin embargo, se aplicará el 24 por 100 sobre los ingresos íntegros satisfechos en concepto de rentas obtenidas por la cesión de los derechos de imagen, salvo en el caso de que el pago de los rendimientos procedentes de la cesión de los derechos de imagen, se efectúe, por la entidad que está relacionada laboralmente (o una vinculada a ella) con la persona física, a una entidad no residente; en este caso el porcentaje será del 19 por 100.

    NOTA: Estos porcentajes se reducirán en un 60% para todos aquellos rendimientos de capital mobiliario obtenido en Ceuta y Melilla.

Formularios



Instrucciones para cumplimentar Modelo 111 de Retenciones y pagos a Cuenta.

Legislación



- Art. 101 Ley 35/2006 LIRPF. Importe de los pagos a cuenta
- Art. 101 RD 439/2007 RIRPF. Importe de retenciones derechos de imagen y otras rentas.


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