Índices correctores actividades agrícolas y ganaderas. Rendimiento neto minorado inferior a 9.447,91 euros. Régimen de Estimación objetiva del IRPF.

ÍNDICES CORRECTORES ACTIVIDADES AGRÍCOLAS:
7. Rendimiento neto minorado no supera 9.447,91 Euros.



Se aplicará el índice corrector cuando la suma de los rendimientos netos minorados del conjunto de las actividades agrícolas y ganaderas desarrolladas por el contribuyente NO supere la cantidad de 9.447,91 euros anuales.

Para determinar este índice, deben excluirse los rendimientos netos minorados que se deriven de actividades forestales, ya sean con o sin transformación.

No se podrá aplicar este índice en los casos de agricultores jóvenes o asalariados agrarios que tengan derecho a la reducción especial del 25 por 100 a la que hace referencia la disposición adicional 6ª de la Ley del IRPF.

Índice: 0,90

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Esquema para determinación del Rendimiento. Actividades Agrícolas o Ganaderas.

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