Índices correctores actividades agrícolas y ganaderas. Utilización de personal asalariado. Régimen de Estimación objetiva del IRPF.

ÍLNDICES CORRECTORES ACTIVIDADES AGRÍCOLAS:
2. Utilización de Personal Asalariado.



Se podrá aplicar, cuando en la actividad se utilice personal asalariado, y el coste de este supere el 10 por 100 del volumen de ingresos. Para determinar el índice por utilización del personal asalariado, NO se tendrán en cuenta el coste de personal de actividades forestales, ni los ingresos de estas, ni de la transformación de actividades forestales.


PORCENTAJEÍNDICE
Más del 10 por 1000,90
Más del 20 por 1000,85
Más del 30 por 1000,80
Más del 40 por 1000,75

Cuando resulte aplicable el indice corrector de Utilización de medios de producción ajenos en actividades agrícolas, no podrá aplicarse este índice corrector.
            

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Esquema para determinación del Rendimiento. Actividades Agrícolas o Ganaderas.

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