Epígrafe IAE: 933.1. Enseñanza de conducción de vehículos terrestres, acuáticos, aeronáuticos, etc. Estimación Objetiva. Impuesto sobre la Renta.

Índices o Módulos Régimen Estimación Objetiva de IRPF



      Epígrafe IAE: 933.1
      Enseñanza de conducción de vehículos terrestres, acuáticos, aeronáuticos, etc.

MÓDULODEFINICIÓNUNIDADRendimiento anual por
unidad antes de amortización
  1. 1
  2. 2
  3. 3
  4. 4
  1. Personal asalariado
  2. Personal no asalariado
  3. Número de vehículos
  4. Potencia fiscal vehículo
    Se computará, para todas aquellas actividades que lo tienen asignado, por la potencia fiscal que figure en la Tarjeta de Inspección Técnica del vehículo, que expresaremos en Caballos Fiscales (CVF)

        Según establece la Dirección General de Tributos en Consulta Vinculante V0646-23, si un vehículo no ha podido circular por no superar la Inspección Técnica de Vehículos, no se computará este vehículo durante los días transcurridos entre el resultado desfavorable y el siguiente favorable.
  1. Persona
  2. Persona
  3. Vehículo
  4. CVF
  1. 3.067,42 Euros
  2. 20.596,45 Euros
  3. 774,72 Euros
  4. 258,24 Euros
Magnitud máxima de aplicación:4 personas empleadas

Índice corrector de Exceso.


    Cuando el rendimiento neto minorado, o en su caso, rectificado por la aplicación de los índices correctores correspondientes, sea superior a la cuantía señalada para la presente actividad, al EXCESO sobre dicha cuantía se le aplicará el índice 1,30.

ACTIVIDAD: Enseñanza de conducción de vehículos terrestres, acuáticos, aeronáuticos, etc.

CUANTÍA: 47.233,25 euros

    NOTA COMÚN: El rendimiento neto resultante de la aplicación de los signos o módulos, incluye, en su caso, el derivado del comercio al por menor de labores de tabaco, realizado en régimen de autorizaciones de venta con recargo, incluso el desarrollado a través de máquinas automáticas.

Formularios



Instrucciones Modelo 100. Rendimientos de Actividades Económicas por Estimación Objetiva.

Comentarios



- Índices o módulos epígrafe 933.1 en Régimen Especial Simplificado de IVA.

Legislación



- Orden HAC/1347/2024 Régimen estimación objetiva del IRPF para 2025.

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