Índices o Módulos Régimen Estimación Objetiva de IRPF
| MÓDULO | DEFINICIÓN | UNIDAD | Rendimiento anual por unidad antes de amortización |
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| Magnitud máxima de aplicación: | 6 personas empleadas | ||
NOTA: El rendimiento neto resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye en su caso, el derivado de la fabricación y comercio al por menor de productos de pastelería salada y platos precocinados, siempre que estas actividades se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.
Índice corrector de Exceso.
Cuando el rendimiento neto minorado, o en su caso, rectificado por la aplicación de los índices correctores correspondientes, sea superior a la cuantía señalada para la presente actividad, al EXCESO sobre dicha cuantía se le aplicará el índice 1,30.ACTIVIDAD: Industrias de bollería, pastelería y galletas.CUANTÍA: 33.760,53 eurosFormularios
Instrucciones Modelo 100. Rendimientos de Actividades Económicas por Estimación Objetiva.Comentarios
- Índices o módulos epígrafe 419.2 en Régimen Especial Simplificado de IVA.- Cuota de IAE epígrafe 419.2 Industrias de la bollería, pastelería y galletas.Legislación
- Orden HAC/1425/2025 Régimen estimación objetiva del IRPF para 2026.- Orden HAC/1347/2024 Régimen estimación objetiva del IRPF para 2025.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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