Epígrafe I.A.E.: 673.1. Cafés y bares de categoría especial. Estimación objetiva. IRPF

Índices o Módulos Régimen Estimación Objetiva de IRPF



      Epígrafe IAE: 673.1
      Cafés y bares de categoría especial.

MÓDULODEFINICIÓNUNIDADRendimiento anual por

unidad antes de amortización
  1. 1
  2. 2
  3. 3
  4. 4
  5. 5
  6. 6
  7. 7
  1. Personal asalariado
  2. Personal no asal.
  3. Potencia eléctrica
  4. Mesas
  5. Longitud de barra
  6. Máquinas tipo "A"
  7. Máquinas tipo "B"
  1. Persona
  2. Persona
  3. Kw contrat.
  4. Mesa
  5. Metro
  6. Máquina "A"
  7. Máquina "B"
  1. 4.056,30 Euros
  2. 15.538,66 Euros
  3. 321,23 Euros
  4. 233.04 Euros
  5. 371,62 Euros
  6. 957,39 Euros
  7. 2.903,66 Euros
Magnitud máxima de aplicación:8 personas empleadas


NOTA: El rendimiento neto resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye en su caso, el derivado de la fabricación y comercio al por menor de productos de pastelería salada y platos precocinados, de la degustación de los productos objeto de su actividad acompañados de cualquier tipo de bebidas, cafés, infusiones o solubles, de las actividades de "catering" y del comercio al por menor de quesos, embutidos y emparedados, así como de loterías, siempre que estas actividades se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.




Índice corrector de Exceso.


    Cuando el rendimiento neto minorado, o en su caso, rectificado por la aplicación de los índices correctores correspondientes, sea superior a la cuantía señalada para la presente actividad, al EXCESO sobre dicha cuantía se le aplicará el índice 1,30.

ACTIVIDAD: Cafés y bares de categoría especial.

CUANTÍA: 30.586,03 euros


    NOTA COMÚN: El rendimiento neto resultante de la aplicación de los signos o módulos, incluye, en su caso, el derivado del comercio al por menor de labores de tabaco, realizado en régimen de autorizaciones de venta con recargo, incluso el desarrollado a través de máquinas automáticas.

Formularios



Instrucciones Modelo 100. Rendimientos de Actividades Económicas por Estimación Objetiva

Comentarios



- Índices o módulos epígrafe 673.1 en Régimen Especial Simplificado de IVA.

Legislación



- Orden HFP/1359/2023 Régimen estimación objetiva del IRPF para 2024.

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