Índices o Módulos Régimen Estimación Objetiva de IRPF
MÓDULO | DEFINICIÓN | UNIDAD | Rendimiento anual por unidad antes de amortización |
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Magnitud máxima de aplicación: | 8 personas empleadas |
NOTA: El rendimiento neto resultante de la aplicación de los signos o módulos anteriores incluye en su caso, el derivado de la fabricación y comercio al por menor de productos de pastelería salada y platos precocinados, de la degustación de los productos objeto de su actividad acompañados de cualquier tipo de bebidas, cafés, infusiones o solubles, de las actividades de "catering" y del comercio al por menor de quesos, embutidos y emparedados, así como de loterías, siempre que estas actividades se desarrollen con carácter accesorio a la actividad principal.
Índice corrector de Exceso.
Cuando el rendimiento neto minorado, o en su caso, rectificado por la aplicación de los índices correctores correspondientes, sea superior a la cuantía señalada para la presente actividad, al EXCESO sobre dicha cuantía se le aplicará el índice 1,30.ACTIVIDAD: Cafés y bares de categoría especial. CUANTÍA: 30.586,03 eurosFormularios
Instrucciones Modelo 100. Rendimientos de Actividades Económicas por Estimación ObjetivaComentarios
- Índices o módulos epígrafe 673.1 en Régimen Especial Simplificado de IVA.Legislación
- Orden HFP/1359/2023 Régimen estimación objetiva del IRPF para 2024.¿Tienes una duda? SuperContable te sacará de este apuro.
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