Deducción por los gastos vitales en que incurran los contribuyentes de hasta 35 años. Deducciones Autonómicas en el IRPF. Asturias.

Por los gastos vitales en que incurran los contribuyentes de hasta 35 años. Asturias 2024


Los contribuyentes residentes en Asturias podrán deducirse el importe de las cantidades satisfechas en el ejercicio que correspondan a los siguientes conceptos:
  1. Gastos de vivienda y suministros asociados a la misma, incluidos los derivados del arrendamiento de la misma.

  2. Gastos educativos.

  3. Gastos de transporte y movilidad.

  4. Gastos en tecnología.

  5. Gastos deportivos.

  6. Gastos culturales.
Siendo el límite máximo de la deducción el siguiente:

    - 2.000 euros para los contribuyentes de hasta 25 años.

    - 1.500 euros para los contribuyentes con edades comprendidas entre los 26 y los 30 años.

    - 1.000 euros para los contribuyentes con edades comprendidas entre los 31 y los 35 años.


    Puntualizaciones :
  1. El requisito de la edad debe entenderse referido a la fecha en la que se produce el hecho que da derecho a la deducción y no a la fecha de devengo del impuesto.

  2. A los contribuyentes que se encuentren en dos tramos de edad durante el ejercicio se les aplicará el importe máximo de la deducción de mayor cuantía.

  3. En el supuesto de tributación conjunta, cuando varios miembros de la unidad familiar cumplan los requisitos para la aplicación de la deducción el límite anterior se aplicará para cada uno de ellos y no por declaración.

Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción

  1. Que se trate de contribuyentes de hasta 35 años de edad.

  2. Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, casillas 0435 y 0460 de la declaración, no supere los 28.000 euros anuales.

  3. La acreditación documental de los gastos que generen derecho a deducción deberá realizarse mediante factura o cualquier otro medio del tráfico jurídico o económico admitido en Derecho.



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