Deducción por inversión en vivienda habitual protegida. Deducciones Autonómicas en el IRPF. Asturias.

Por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida. Asturias 2023



Los contribuyentes  que inviertan en la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual que tenga la consideración de protegida conforme a la normativa estatal o autonómica tendrán derecho a aplicar el 100 % del importe del gasto efectivo satisfecho durante el período impositivo en el que se adquiera o rehabilite dicha vivienda, con el límite máximo de 5.000 euros.

Base de la deducción


    La base de la deducción está constituida por las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición o rehabilitación de la vivienda, incluyéndose en la misma los importes destinados a la amortización de préstamos hipotecarios.

    En caso de financiación ajena, la deducción se practicará a medida que se vaya devolviendo el principal, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos exigidos para la aplicación de la deducción. La normativa autonómica permite asimismo considerar los intereses satisfechos como gasto del periodo.

Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción


  1. Que la vivienda tenga la calificación de protegida conforme a la normativa estatal o autonómica en la materia.

  2. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción respecto de los mismos bienes para un mismo período impositivo, el importe máximo de la deducción (5.000 euros) se prorrateará entre ellos por partes iguales, aplicándose el beneficio fiscal únicamente en la declaración de aquellos que cumplan las condiciones establecidas para ser beneficiarios de la misma.

    Para aplicar el prorrateo se debe tener en cuenta el número de contribuyentes con derecho a la deducción que opten por aplicarla y que el gasto efectivamente satisfecho por cada uno de ellos resulte superior al importe máximo (5.000 euros). En otro caso, el límite máximo de la deducción para el contribuyente cuyo gasto resulte inferior a se fijará en la cuantía del citado gasto efectivo.

    El prorrateo se realizará en función del número de contribuyentes con derecho a aplicar la deducción, con independencia de la opción de tributación elegida. No obstante, en el caso de que el régimen económico matrimonial sea la sociedad de gananciales, los contribuyentes podrán decidir si solo uno de ellos se aplica la deducción o se prorratea. En declaración conjunta el límite será de 5.000 euros.

  3. La acreditación documental de los gastos que generen derecho a deducción deberá realizarse mediante factura o cualquier otro medio del tráfico jurídico o económico admitido en Derecho.

Ámbito temporal de aplicación de la deducción


    En el supuesto en que el contribuyente carezca de cuota íntegra autonómica suficiente para aplicarse el total de la deducción en el período impositivo en que se lleve a cabo el gasto en la adquisición o rehabilitación, el importe no deducido podrá aplicarse en los tres períodos impositivos siguientes hasta agotar, en su caso, el importe total de la deducción respetando el límite máximo de 5.000 euros fijado para esta deducción.

    La aplicación de las cantidades pendientes de ejercicios previos se llevará a cabo después de aplicar las deducciones del ejercicio a las que el contribuyente tenga derecho.

Deberá hacerse constar en la casilla 0808 del Anexo B.2 de la declaración el importe generado en 2023 y en la casilla 0886 el importe que se aplica, pues tal y como se ha indicado si la cuota íntegra autonómica no es suficiente para aplicarse el total de la deducción, podrá aplicarse en los tres períodos impositivos siguientes.






¿Tienes una duda? SuperContable te sacará de este apuro.

Accede al resto del contenido aquí

Siguiente: Deducción por arrendamiento de vivienda habitual. Deducciones Autonómicas en el IRPF. Asturias.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos