Deducción por inversión en reparación y restauración de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano. Deducciones Autonómicas del IRPF. Comunidad Valenci

Por cantidades destinadas al Patrimonio Cultural Valenciano. Comunidad Valenciana 2023



    Todos aquellos contribuyentes que inviertan en la conservación, reparación y restauración de bienes que formen parte del Patrimonio Cultural Valenciano podrán aplicarse la deducción en la Cuota Íntegra regulada en el artículo 4 de la Ley 13/1997, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, en la cuantía y con los requisitos siguientes.

CUANTÍA Y REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN DE LA DEDUCCIÓN


  1. El 20 por 100 de las cantidades destinadas (150 primeros euros) por las personas titulares de bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural Valenciano, inscritos en el Inventario General del mismo, a la conservación, reparación y restauración de los citados bienes y el 25 por ciento para el exceso de dicho importe.

  2. La aplicación de la deducción queda condicionada a que la entrega de los importes dinerarios derivada del acto o negocio jurídico que de derecho a su aplicación se realice mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito.

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