Deducción por intereses de financiación ajena a menores de 40 años. Deducciones Autonómicas del IRPF. Castilla La Mancha.

Por los gastos en intereses por la financiación ajena de la adquisición de primera vivienda habitual por menores de 40 años. Castilla Mancha 2023



Los contribuyentes podrán deducirse de la cuota íntegra autonómica, El 100 por 100 de las cantidades satisfechas durante el período impositivo en concepto de intereses por la financiación ajena concertada para la adquisición de la primera vivienda habitual.

Límites de la deducción


    El importe de la deducción no puede exceder de los límites que a continuación se señalan, en función de la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro casillas 0435 y 0460 de la declaración:
  1. En declaraciones individuales, límite de 150 euros si la suma anterior es menor o igual a 12.500 euros y de 100 euros si está comprendida entre 12.500,01 y 27.000 euros.

  2. En declaraciones conjuntas, límite de 150 euros si la suma anterior es menor o igual a 25.000 euros y de 100 euros si está comprendida entre 25.000,01 y 36.000 euros.

Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción.


  1. Solo podrán beneficiarse de la aplicación de esta deducción los contribuyentes que, a fecha de devengo, sean menores de 40 años.

  2. La deducción corresponderá al ascendiente que haya satisfecho las cantidades en concepto de intereses por la financiación ajena concertada para la adquisición de la primera vivienda habitual, siempre que el préstamo o crédito sea a interés variable.

  3. Que la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro casillas 0435 y 0460 de la declaración, no supere la cantidad de  27.000 euros en tributación individual, y de 36.000 euros en tributación conjunta.

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