Deducción por gastos veterinarios. Deducciones Autonómicas del IRPF. Murcia.

Por gastos veterinarios. Región de Murcia 2025


Cuantía y límite máximo de la deducción


  1. El 30 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el contribuyente en concepto de gastos por servicios veterinarios prestados a sus animales domésticos.

    Precisiones:

    - En el caso de matrimonios en régimen de gananciales las cantidades satisfechas se entenderán atribuidas a los cónyuges por partes iguales.

    - Si se trata de matrimonios en otro régimen distinto o parejas de hecho, cada uno de los miembros podrá deducirse por las cantidades que haya satisfecho por los citados gastos siempre que cumpla con el resto de requisitos establecidos.

  2. Se establece un límite máximo de 100 euros anuales por declaración.

Requisitos para la aplicación de la deducción
  1. La cantidad resultante de la suma de la base imponible general y del ahorro no podrá superar la cantidad de 25.000 euros en declaraciones individuales y 40.000 euros en declaraciones conjuntas.

  2. La base de la deducción estará constituida por las cantidades justificadas mediante la correspondiente factura.

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