Deducción por familias con enfermedad celíaca. Deducciones Autonómicas en el IRPF. Andalucía.

Familias con enfermedad celíaca. Andalucia 2025


Cuantía de la deducción


    100 euros por cada persona integrante del núcleo familiar del contribuyente que tenga enfermedad celiaca diagnosticada.

    Se consideran personas integrantes del núcleo familiar del contribuyente al propio contribuyente, su cónyuge o pareja de hecho inscrita y aquellas personas que le den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por ascendientes o descendientes regulados en la normativa estatal del IRPF .

Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción


  1. La condición de enfermedad celíaca deberá acreditarse mediante informe médico oficial que recoja el diagnóstico definitivo conforme a los criterios reconocidos por la comunidad científica. Dicho informe deberá ser emitido:
    1. Por profesionales en ejercicio en el Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) o en otros servicios de salud públicos integrados en el Sistema Nacional de Salud (SNS), debidamente identificados mediante su Código Numérico Personal (CNP) o el homólogo que corresponda en cada comunidad autónoma.

    2. En el caso de pacientes con aseguramiento sanitario privado, por profesionales adscritos a la entidad aseguradora correspondiente, debidamente identificados mediante su número de colegiado.

  2. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de la deducción por razón de una misma persona, su importe se distribuirá por partes iguales.

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