Por cuidado de hijos menores. Castilla y León 2022
REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
- Que, a la fecha de devengo del impuesto, los hijos a los que sea de aplicación el mínimo por descendientes tuvieran menos de 4 años de edad.
- Que ambos padres realicen una actividad por cuenta propia o ajena, por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.
- Que, en el supuesto de que la deducción sea aplicable por gastos de custodia por una persona empleada de hogar, ésta esté dada de alta en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.
- La suma de la base imponible general, más la base imponible del ahorro, menos el mínimo personal y familiar NO puede superar los 18.900 Euros, para el caso de Tributación Individual, o los 31.500 Euros en el caso de Tributación Conjunta.
- Cuando más de un contribuyente tenga derecho a la aplicación de esta deducción respecto de los mismos descendientes, el importe de las cantidades satisfechas se prorrateará entre ellos por partes iguales, respetando, en todo caso, el límite máximo de la deducción.
- En el supuesto de que el contribuyente carezca de cuota íntegra autonómica suficiente para aplicarse el total de la deducción en el período impositivo en que se genere el derecho a la misma, el importe no deducido podrá aplicarse en los tres períodos impositivos siguientes hasta agotar el importe total de la deducción.
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