Por cuidado de familiares con discapacidad. Extremadura 2023
REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
- Que el ascendiente o descendiente con discapacidad conviva de forma ininterrumpida con el contribuyente al menos la mitad del período impositivo.
- Que se acredite la convivencia efectiva por los Servicios Sociales de base o por cualquier otro organismo público competente.
- Que la renta general y del ahorro del ascendiente o descendiente con discapacidad no sean superiores al doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), incluidas las exentas ni tenga obligación legal de presentar declaración por el Impuesto sobre el Patrimonio. Para el ejercicio 2023, dicha cuantía asciende a 16.800 euros (8.400 x 2).
- La suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente (casillas 0435 y 0460 de la declaración), no sea superior a 19.000 euros en tributación individual, o no sea superior a 24.000 euros en tributación conjunta.En el supuesto de que el contribuyente resida habitualmente en municipios y entidades locales menores con una población inferior a 3.000 habitantes las anteriores cantidades serán de 28.000 euros en tributación individual y de 45.000 euros en tributación conjunta. Asimismo, si el contribuyente pertenece a una familia numerosa, no existirá ningún límite.En caso de matrimonio, este límite de 45.000 euros se aplicará siempre que al menos uno de los cónyuges hubiera tenido su residencia habitual durante el período impositivo en alguno de los municipios o entidades locales menores con una población inferior a 3.000 habitantes. Puede consultar los "Municipios y entidades locales menores con una población inferior a 3.000 habitantes".
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