Deducción por adquisición acciones entidades con protectos declarados de interés público. Deducciones Autonómicas en el IRPF. Galicia

Por inversión adquisición de acciones en entidades que realicen proyectos declarados de especial interés público, social o económico. Galicia 2025


Los contribuyentes residentes en Galicia podrán deducir el 20 por 100 de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales, a consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital, de aquellas entidades que tengan por objeto social exclusivo la realización de proyectos que sean declarados de especial interés público, social o económico, a los que se refieren los artículos 17 y 20 de la Ley 2/2024, de 7 de noviembre, de promoción de los beneficios sociales y económicos de los proyectos que utilizan los recursos naturales de Galicia
Regula a tal efecto el citado artículo 17 la "Declaración de especial interés público, social y económico de los proyectos de producción de energías renovables y sus infraestructuras", en los siguientes términos:

1. Los proyectos de producción de energía a partir de fuentes renovables y sus infraestructuras asociadas podrán declararse de especial interés social y económico por el Consello de la Xunta de Galicia a propuesta de la consejería competente en materia de energía.

2. Para la declaración de especial interés social y económico se valorarán discrecionalmente los beneficios de los proyectos de acuerdo con lo establecido en la presente ley. En particular, la declaración podrá recaer en los proyectos que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

a) Proyectos renovables que suscriban contratos de compraventa de energía a precio competitivo.

b) Proyectos renovables que conlleven determinadas inversiones en el territorio o la ejecución de proyectos empresariales.

c) Proyectos renovables destinados al autoconsumo eléctrico.

d) Proyectos de repotenciación y actualización tecnológica de parques eólicos ya existentes.
, con una base máxima de 10.000 euros para cada entidad, con independencia de que la inversión se realice en uno o en varios periodos impositivos y de que se trate de tributación individual o conjunta.




Una vez introducida por los contribuyentes con derecho a la deducción la información necesaria para su cálculo, será automáticamente trasladada al apartado "Información adicional a la deducción autonómica de Galicia por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades que realicen determinados proyectos declarados de especial interés público, social o económico" del Anexo B.13 de la declaración.



En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...

pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.

Accede al resto del contenido aquí

Siguiente: Deducción por arrendamientos de viviendas vacías. Deducciones Autonómicas en el IRPF. madrid

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos