Deducción para contribuyentes de 65 años o mas con discapacidad. Deducciones Autonómicas del IRPF. Galicia.

Por contribuyentes con discapacidad, de 65 años o más, que precisen ayuda de terceras personas. Galicia 2024



Los contribuyentes de edad igual o superior a 65 años afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100 y que precisen ayuda de terceras personas, podrán aplicarse una deducción del 10 por 100 por las cantidades satisfechas a estos con un límite máximo de 600 euros.

Se considerará acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100 cuando se trate de personas cuya incapacidad sea declarada judicialmente, aunque no alcance dicho grado, así como en los casos de dependencia severa y gran dependencia, siempre que estas últimas situaciones fuesen reconocidas por el órgano competente.

REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN DE LA DEDUCCIÓN



  1. La suma de las bases imponibles general y del ahorro minorada en el importe de los mínimos personal y familiar, suma de las casillas 0435 y 0460 de la declaración menos el importe de la casilla 0520 de la declaración, no supere los 22.000 euros en tributación individual, o los 31.000 euros en tributación conjunta.

  2. Que acredite la necesidad de ayuda de terceras personas.

  3. Que el contribuyente no sea usuario de residencias públicas o concertadas de la Comunidad Autónoma de Galicia o beneficiario del cheque asistencial de la Xunta de Galicia.

    

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