Deducción autonómica por cantidades destinadas a abonos culturales. IRPF. Comunidad Valenciana.

Por cantidades destinadas a abonos culturales. Comunidad Valenciana 2022



El 21 por 100 de las cantidades satisfechas por la adquisición de abonos culturales de empresas o instituciones adheridas al convenio específico suscrito con Culturarts Generalitat sobre el Abono Cultural Valenciano.

REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN DE LA DEDUCCIÓN


  1. La deducción solo podrán aplicarla los contribuyentes con rentas inferiores a 50.000 euros.

        A estos efectos, se entenderá por rentas del contribuyente que adquiera los abonos culturales, la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro, casillas 500 y 510 de la declaración.

  2. La base máxima de la deducción será de 165 euros por periodo impositivo.

    Para los contribuyentes fallecidos antes del 28 de octubre de 2022, la base máxima de la deducción será de 150 euros por período impositivo.

  3. Además la aplicación de la deducción queda condicionada a que la entrega de los importes dinerarios derivada del acto o negocio jurídico que de derecho a su aplicación se realice mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito.

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