Deducción Comunidad Valenciana. Donaciones para financiar la investigación para la prevención del Covid-19.

Donaciones para financiar investigación en prevención de Covid-19. Comunidad Valenciana 2023



En el año 2023, los contribuyentes tuvieron derecho a deducir de la cuota íntegra autonómica el resultado de aplicar al importe de las donaciones dinerarias, que se realizaron en el periodo impositivo, dirigidas a financiar programas de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de las infecciones producidas por el Covid-19 el 20 por 100 cuando la base de la deducción fuera hasta 150 euros, y ascendía al 25 por 100 para el resto de la base de la deducción que superase los 150 euros.


    Para tener derecho a esta deducción, las donaciones debían haberse efectuado en favor de cualquiera de las siguientes entidades:

  1. La Administración de la Generalitat Valenciana y las entidades instrumentales que dependen de esta.

  2. Las entidades sin finalidad lucrativa a que hacen referencia los artículos 2 y 3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin finalidades lucrativas y de los incentivos fiscales al mecenazgo, siempre que el fin exclusivo o principal que persigan sea la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o la innovación, en el territorio de la Comunidad Valenciana.

  3. Las universidades públicas, los institutos públicos de investigación y los centros tecnológicos situados en la Comunidad Valenciana.

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