Compendio de ayudas y exenciones para personas afectadas por las inundaciones producidas por la DANA de 2024.

Compendio de ayudas y exenciones para personas afectadas por las inundaciones producidas por la DANA de 2024.


    
    En primer lugar comentar que muchas de estas ayudas han sido recibidas durante los ejercicios 2024 y 2025 por lo que su declaración o no (en función su exención) deberá realizarse en el ejercicio en que sean recibidas.

    Dicho lo anterior, debido a la diversidad de ayudas y exenciones de tributación de las medidas fiscales y económicas creadas para paliar de alguna manera los efectos producidos por ésta en el tejido social y productivo de las poblaciones afectadas, realizaremos un compendio de las mismas para un mejor estudio y localización de las mismas, diferenciando entre las concedidas por el estado y por la Comunidad Valenciana.

    Estas ayudas, incluyéndose como ayuda a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas la indemnización satisfecha a través del Consorcio de Compensación de Seguros, por la destrucción de un elemento patrimonial están exentas de tributación, según el punto 3 de la disposición adicional quinta Ley 35/2006 del IRPF
    
No obstante, cuando el importe total recibido sea inferior al de la pérdida producida (que se calcula por diferencia entre las ayudas, incluida la indemnización del Consorcio, y el valor de adquisición) podrá integrarse como pérdida patrimonial en el IRPF la diferencia negativa entre la pérdida y el importe de la ayuda. A sensu contrario (total ayudas, incluida la indemnización del Consorcio, superior al valor de adquisición), sólo se excluirá de gravamen el importe de las ayudas, incluida la indemnización del Consorcio.

    
Las consultas vinculantes de la D.G.T. V0568-23, de 10 de marzo de 2023 y la V1736-21, de 4 de abril de 2021 hacen referencia a la exención de la tributación es circunstancias similares o asimilables.


    Un ejemplo nos ayudará a una comprensión total de esta casuística:

Ejemplo

    Debido a los efectos de la DANA en Valencia, D. José Parra ha tenido que enviar al desguace un vehículo de su propiedad, declarado siniestro total, habiendo recibido una ayuda a fondo perdido de la Comunidad Valenciana.

    Determinar el impacto fiscal de D. José en los siguientes casos:

  1. El importe total recibido ha sido de 17.000 € (15.000 del consorcio de seguros y 2.000 de ayudas de la Comunidad Autónoma), siendo el valor tasado del vehículo a fecha del siniestro de 18.000 €.
  2. Total recibido de 17.000 € (15.000 del consorcio de seguros y 2.000 de ayudas de la Comunidad Autónoma), siendo el valor tasado del vehículo a fecha del siniestro de 19.500 €.

Solución

- Caso a.: En este caso se ha registrado una pérdida patrimonial de 1.000 € derivada de la diferencia del total recibido y el valor del bien (17.000 - 18.000). Por tanto, D. José Parra podrá declarar en su IRPF una pérdida patrimonial por dicho importe.

- Caso b.: Se ha producido una ganancia patrimonial de 1.500 € derivada de la diferencia entre total recibido y valor del bien (17.000 - 15.500). En este caso, como la ganancia generada en inferior a la ayuda en sí recibida (1.500 < 2.000), quedará excluida de gravamen.
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AYUDAS CONCEDIDAS POR LA GENERALITAT VALENCIANA


    Estas ayudas, dirigidas a personas físicas y jurídicas, están reguladas en los Decretos 172/2024, 176/2024, 197/2024, 5/2025, 16/2025, 34/2025, 40/2025, 51/2025, 60/2025, 83/2025, 126/2025, 145/2025, 163/2024, 168/2025 y 172/2025 del Consell.

AYUDAS A PARTICULARES


    En el siguiente cuadro vemos las características principales de cada una:

Particulares
ImporteCalificaciónTributación
Ayuda para primera necesidad6.000 €Ganancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF.
Para alquiler de viviendaHasta 800 €/mes x 12 meses más fianza y garantíaGanancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF.
Para vehículosSe indican en el Decreto 5/2025 y anexo del Decreto 126/2025Ganancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF. Si se tratase de un vehículo afecto a la actividad económica se calificará como rendimiento de actividad económica exenta.
Para vehículos IISe indican en el Decreto 83/2025 y anexo del Decreto 126/2025Ganancia patrimonialExenta en según DA 5ª LIRPF. Si se tratase de un vehículo afecto a la actividad económica se calificará como rendimiento de actividad económica exenta.
Para adaptación vehículosHasta 5.000 €Ganancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF.
Para demolición viviendasSe indican en el art. 5 del Decreto 60/2025Ganancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF.
Para familias numerosas y monoparentales1.000 € por familiaGanancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF.
Para familias con personas vulnerables menores de edad2.000 € por familiaGanancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF.
Bono DANA térmico397,93 € por vivienda afectadaGanancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF.
Para ascensoresSegún base 5ª del Decreto 172/2025Ganancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF.

AYUDAS A PROFESIONALES


    En el siguiente cuadro vemos las características principales de cada una:

Profesionales y Empresas
ImporteCalificaciónTributación
Mantenimiento del empleo y la reactivación económicaDesde 5.000 € a 30.000 €Rendimiento actividad económicaExento según DA 5ª LIRPF.
Autónomos sin trabajadores por cuenta ajena3.000 €Rendimiento actividad económicaExento según DA 5ª LIRPF.
Recuperación y reactivación de empresas industrialesSegún artículo 5 del Decreto 51/2025Rendimiento actividad económicaExento según DA 5ª LIRPF.
Recuperación y reactivación de comerciosSegún artículo 5 del Decreto 51/2025Rendimiento actividad económicaExento según DA 5ª LIRPF.
Para profesionales y empresas culturales afectadasSegún artículo 5 del Decreto 197/2024Ganancia patrimonial o rendimiento actividad económicaExenta según DA 5ª LIRPF.
Para empresas del sector editorialDesde 4.000 € hasta 150.000 €Rendimiento actividad económicaExento según DA 5ª LIRPF.
Para digitalización de las PYMES comerciales y artesanasHasta el 75% del presupuesto incentivable, max. 30.000 €Rendimiento actividad económicaSujeto y NO exento.
Restauración y revitalización del Patrimonio Cultural ValencianoSegún punto séptimo del Decreto 157/2025Ganancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF.

AYUDAS ESTATALES


    Trataremos en este apartado las ayudas concedidas por el Estado y reguladas por el Real Decreto Ley 6/2024, el RD-ley 7/2024 y el RD-ley 8/2024.  

AYUDAS PARA HOGARES


    En el cuadro siguiente encontramos el resumen de éstas:
Hogares
ImporteCalificaciónTributación
Daños personales por fallecimiento o incapacidad72.000€Ganancia patrimonialExenta según art. 12.7 RD-ley 6/2024.
Daños materiales en viviendasSegún art. 3.2.d) del RD-ley 6/2024Ganancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF.
Plan reinicia AUTO+ (para vehículos siniestrados)Según Anexos I y II del RD-ley 8/2024Ganancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF. Si se tratase de un vehículo afecto a la actividad económica se calificará como rendimiento de actividad económica exento.
Subvenciones para estudiantes afectados600 €Ganancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF por el art. 45.10 del RD-ley 8/2024.
Subvenciones para estudiantes universitarios afectados600 €Ganancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF por el art. 46.14 del RD-ley 8/2024.
Ayudas en materia de accesibilidad para personas con discapacidadSegún asignación al municipioGanancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF por el art. 51.9 del RD-ley 8/2024.

AYUDAS TRABAJADORES, PROFESIONALES O EMPRESARIOS


    Veamos el siguiente cuadro:

Trabajadores, Profesionales o Empresarios
ImporteCalificaciónTributación
Ayudas directas a autónomos5.000 €Rendimiento actividad económicaExenta según DA 5ª LIRPF por el art. 11.13 del RD-ley 6/2024.
Pérdida de renta de las explotaciones agrarias afectadasSegún art. 24.2 del RD-ley 7/2024Rendimiento actividad económicaExenta según DA 5ª LIRPF y DA 16ª del RD-ley 8/2024.
Renovación del parque de maquinaria agrícola afectadoHasta 150% importe daños tasados con un mínimo de 500 €Rendimiento actividad económicaExenta según DA 5ª LIRPF.
Explotaciones agrarias afectadas (Ayudas DANA/ICO-MAPA-SAECA)Máximo 20.000 € Rendimiento actividad económicaSujeto y NO exento
Obtención de avales de SAECACoste del aval hasta 75.000 € Rendimiento actividad económicaSujeto y NO exento
Ayuda titulares de librerías afectadasHasta 30.000 € Rendimiento actividad económicaSujeto y NO exento
Subvenciones para titulares de salas de cine zonas afectadasSegún apartado 5 del art. 70 del RD-ley 7/2024Rendimiento actividad económicaSujeto y NO exento
Subvenciones para entidades de artes escénicas y músicaHasta 25.000 €Rendimiento actividad económicaSujeto y NO exento

OTRAS AYUDAS



Otras Ayudas
ImporteCalificaciónTributación
Ayudas públicas de ayuntamientosVariableGanancia patrimonialExenta según DA 5ª LIRPF. Si estuviese afecta a una actividad económica se calificará como rendimiento de actividad económica exento.
Ayudas pagadores de rendimientos del trabajo independiente y otras privadasVariableRendimiento del trabajoExentas según DA 3ª Ley 7/2024


Legislación



Disposición adicional quinta Ley 35/2006. Subvenciones de la política agraria comunitaria y ayudas públicas.


Jurisprudencia y Doctrina



Consulta vinculante de la DGT V0568-23. Exención ayudas recibidas daños materiales por incendio.
Consulta vinculante de la DGT V1736-21. Exención ayudas recibidas por daños vehículo motivados por temporal.



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